A C U E R D O Nº 3 2 7 0

///PLATA, 10 de mayo de 2006.

VISTO: Lo dispuesto por Acuerdo de este Tribunal Nº 3261, del pasado 15 de marzo, en lo que respecta a la implementación de un sistema de asistencias e inasistencias del personal de la jurisdicción Administración de Justicia.

Y CONSIDERANDO: Que sin perjuicio de los satisfactorios resultados observados hasta el día de la fecha, habiéndose planteado distintas consultas e inquietudes, se impone la necesidad de ajustar el sistema informático al que refiere el citado decisorio.

POR ELLO, la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones,

A C U E R D A

Artículo 1º: Disponer que la situación de los magistrados comprendidos en los artículos 43 de la ley 5827 y 12 de la ley 11.982, así como también la del personal que ocasionalmente desempeñe tareas fuera de la sede del organismo o dependencia a la que pertenece, se incorporen en el sistema informático implementado.

Artículo 2º: Extender el plazo prescripto en el artículo 2º del referido Acuerdo, hasta la hora 13. Cuando luego de remitido el informe, quien lo enviare advierta que debe modificar algunos de los datos consignados, podrá enviar uno nuevo con la información correcta, dentro del plazo establecido en el presente artículo, tomándose este último informe en reemplazo del anterior. Si la necesidad de modificación es detectada con posterioridad, podrá hacerlo saber mediante correo electrónico a la Subsecretaría de Personal. Por este mismo medio podrá comunicarse cualquier otra observación a la información remitida.

Artículo 3º: Las comunicaciones deberán ser formalizadas por el Magistrado a cargo de cada organismo o, en caso de así disponerlo, por el Secretario del mismo. En las dependencias de Corte por su titular o quienes le sigan en orden jerárquico.

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese y publíquese.

 

 

FRANCISCO HECTOR RONCORONI


   
   
   
   
   


LUIS ESTEBAN GENOUD

   
   
   
   
   

HILDA KOGAN

EDUARDO JULIO PETTIGIANI

   
   
   
   
   

EDUARDO de LAZZARI

 
   
   
   
   
   
 

HECTOR ERNESTO CAMPI

Subsecretario